La directora del colegio Rébsamen, Mónica García Villegas, obtuvo un amparo de un tribunal colegiado que ordena dejar sin efecto la sentencia de 36 años de prisión que se le impuso por su responsabilidad penal en el delito de homicidio culposo de 26 personas en esa escuela durante el sismo del 19 de septiembre de 2017.
La justicia de la Unión ampara y protege a Mónica García Villegas contra el acto que reclama a la tercera sala penal del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, precisado en el resultando primero para los efectos señalados en el último considerando de esta sentencia
, indica el resolutivo.
El fallo no implica la libertad de García Villegas, únicamente abre la posibilidad de que su condena se reduzca a causa de las incongruencias en uno de los dos delitos que se le imputaron.
El sexto tribunal colegiado en materia penal en la Ciudad de México argumentó que no hay pruebas contundentes para acreditar que la quejosa permitió la edificación de un cuarto piso en el colegio sin apego a las normas o licencias de autorización, a pesar de tener conocimiento de ello.
Además, apuntó, sí se acredita el delito de homicidio culposo de 26 personas, por lo cual debe quedar intacto con el nuevo pronunciamiento que haga el juez de control del Tribunal Superior de Justicia.
Respecto al delito culposo de homicidios diversos 26 por el que fue sentenciada la quejosa, no advierto una transgresión en derechos fundamentales de la aquí quejosa en su calidad de garante; me parece que el estudio que hizo la autoridad responsable para llegar a esa conclusión es correcta
, señaló Óscar Espinosa Durán, quien tuvo a su cargo el proyecto de resolución.
En agosto del año pasado, magistrados de la tercera sala penal aumentaron a 36 años, cuatro meses y dos días de prisión la sentencia dictada a la directora del colegio Rébsamen por su responsabilidad penal en el delito de homicidio culposo de 26 personas, así como al pago de casi 143 mil pesos por concepto de multa.
Tras interponer un recurso contra la condena de 31 años de cárcel, la autoridad judicial determinó incrementarla a partir de las apelaciones y solicitud de audiencia de alegatos aclaratorios interpuestas por el Ministerio Público de la Subprocuraduría de Procesos, así como por la defensa particular y asesoría privada de la sentenciada.
Fuente: La Jornada