Los congresos de los estados no están facultados para ampliar los periodos de los magistrados electorales locales aun cuando el Senado se retrase en la ratificación de las propuestas para ocupar estos cargos, resolvió la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al invalidar una norma en ese sentido que había sido aprobada en Oaxaca.
Los partidos Acción Nacional y Nueva Alianza, este último sólo con registro local, impugnaron ante la SCJN la reforma de diciembre del año pasado a la Ley Orgánica del Tribunal Electoral de Oaxaca, que establecía en su artículo 28 Bis: Para el caso de que concluya el periodo para el que fue designado un magistrado o magistrada del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca, y el Senado de la República no haya hecho la designación de la persona que deba sustituirlo en el cargo, aquel o aquella continuará desempeñando el cargo de magistrada o magistrado electoral, hasta en tanto el Senado haga la designación correspondiente
.
Los ministros decidieron por unanimidad que esta decisión invadió las atribuciones exclusivas del Senado, al que la Constitución señala como único facultado para decidir sobre la ratificación de los magistrados electorales.
Ciertamente su prórroga provoca un doble efecto de inconstitucionalidad pues, por un lado, a través de la figura de la suplencia, la ley autoriza que puede extenderse el plazo contrariando directamente el contenido del artículo 106 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales , y por otro, invade la esfera competencia del Senado al prorrogar las condiciones originales del nombramiento otorgado por dicha cámara al titular de la magistratura cuyo periodo feneció
, señaló el ministro ponente, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.
Luego de la sesión del pleno de la SCJN, la ministra presidenta, Norma Lucía Piña Hernández, instaló el Comité de Ética Conjunto del Poder Judicial de la Federación, en el cual participan también Verónica de Gyves por, el Consejo de la Judicatura Federal, y la magistrada Janine Otálora Malassis, por el Tribunal Electoral.
Fuente: La Jornada
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