Expresidentes del Partido Revolucionario Institucional (PRI) afirmaron que el intento de Alejandro Moreno Cárdenas por mantenerse en la presidencia nacional del tricolor hasta 2032 viola varios artículos de la Constitución, como el principio de paridad de género.
“Es evidente que la convocatoria, a fin de cumplir con el principio constitucional de paridad y la alternancia de género, debió prever que para ocupar el cargo como presidente nacional del CEN, fuera exclusivamente para mujeres”, subrayaron.
En su impugnación ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), de 22 páginas, argumentaron que “al tratarse de un cargo unipersonal debe privilegiarse y prevalecer la alternancia de género”.
El texto detalla que “es inconstitucional que la convocatoria haya omitido prever la paridad de género y, para su cumplimiento, la aplicación de la regla de alternancia para la renovación de los cargos del Comité Ejecutivo Nacional por tratarse de cargos unipersonales”.
Entre los agravios, la impugnación ante el TEPJF señala que la convocatoria es contraria al principio de paridad. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece como principio transversal el de paridad de género en materia político-electoral.
Los expresidentes del PRI insistieron en que “en el caso de los cargos unipersonales a las dirigencias partidistas también rige ese principio de paridad, incluso, desde el propio artículo 41 de la Constitución General de la República se prevé que los partidos políticos tienen como fin, entre otros, fomentar el principio de paridad de género.
“Lo anterior implica que, para lograr la paridad e igualdad sustantiva en materia político-electoral, las normas internas de los partidos políticos deben cumplir irrestrictamente con dicho principio y no poner normas que constituyan obstáculos”, se explicó en el documento.
Los expresidentes del PRI resaltaron también que los estatutos del tricolor “prevén en su artículo 3, párrafo tercero, que ‘sustenta el principio de la igualdad sustantiva, garantiza la paridad de género en las postulaciones a cargos de elección popular y promueve la integración de sus órganos directivos y la participación política con criterios de paridad’.
“Es decir, para la elección de dirigencias el principio de paridad de género adopta la forma de principio y se convierte en una regla obligatoria que no admite excepciones”, se destacó en la impugnación.
Por ello, se insistió en que “es inconstitucional que en la convocatoria se prevea que la actual persona titular de la Presidencia pueda reelegirse hasta en otros dos periodos ordinarios”.
Sostuvieron que Moreno no puede “participar en el presente proceso de renovación ordinaria, considerándose su elección inmediata anterior como la primera de las que prevé el artículo 178, ya que eso atenta contra el principio constitucional y estatutario de paridad de género”.
Al igual que la impugnación a la asamblea tricolor, este nuevo recurso reiteró que los consejeros convocados la semana pasada a votar la convocatoria violaron también la Constitución porque es un documento aprobado cuando el proceso electoral aún no concluye.
La queja ante el TEPJF fue presentada como militantes por los exdirigentes nacionales del PRI, Enrique Ochoa Reza y Pedro Joaquín Coldwell, “con el apoyo” de expresidentes como Dulce María Sauri Riancho y Manlio Fabio Beltrones.
La impugnación se presentó la noche del viernes per saltum, es decir, con la petición de que salte o agilice varios procedimientos legales para que llegue de manera casi directa a la Sala Superior del TEPJF.
Fuente: Latinus
Foto: Latinus